Comercio: ratifican vigente el aporte sindical solidario
La Secretaría de Trabajo confirmó que el descuento previsto en el convenio colectivo continúa vigente mientras rija la medida cautelar
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La Secretaría de Trabajo de la Nación ratificó que el aporte sindical solidario previsto en el Convenio Colectivo de Trabajo 130/75 de Empleados de Comercio continúa plenamente vigente y debe seguir aplicándose conforme a los términos homologados. La definición despeja las dudas que se habían generado tras la entrada en vigencia de la Ley de Modernización Laboral y brinda mayor seguridad jurídica tanto a empleadores como a trabajadores del sector.
La aclaración fue comunicada por la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a las entidades firmantes del convenio, luego de las consultas surgidas por la medida cautelar dictada por la Justicia Federal, que suspendió provisoriamente la aplicación de determinados artículos de la ley respecto de los convenios alcanzados por esa resolución.
De esta manera, el organismo confirmó que el aporte sindical solidario deberá continuar reteniéndose y depositándose de acuerdo con lo establecido en los artículos 100 y 101 del convenio colectivo mientras la cautelar permanezca vigente.
El convenio dispone un aporte equivalente al 2,5% de la remuneración total de los trabajadores comprendidos. De ese porcentaje, el 2% corresponde a la asociación sindical de primer grado adherida a la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (Faecys), mientras que el 0,5% restante se destina a la federación nacional.
Desde la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC) señalaron que la comunicación oficial evita interpretaciones contradictorias sobre la aplicación del descuento y permite garantizar el cumplimiento de las obligaciones previstas en el convenio colectivo.///
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