Perdió su casa en un incendio y el seguro no quiso pagar porque era prefabricada: ¿qué hizo la Justicia?
Un fallo sobre un caso en Necochea marca un precedente para quienes aseguran viviendas de construcción liviana o prefabricadas.
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La destrucción total de una vivienda por un incendio terminó convirtiéndose en un caso judicial que ahora puede servir de advertencia para cientos de familias de Necochea que viven en casas prefabricadas, de madera o construidas con sistemas livianos.
La Justicia local condenó a una aseguradora a indemnizar a una familia cuya vivienda quedó completamente destruida por un incendio ocurrido el 7 de septiembre de 2024. La empresa se había negado a pagar alegando que el inmueble no cumplía con las características constructivas previstas en la póliza.
El caso abre un interrogante que atraviesa a muchos propietarios de la ciudad: ¿qué ocurre cuando una compañía cobra durante años una póliza y recién después de un siniestro cuestiona las condiciones de la vivienda asegurada?
Según surge del expediente, la familia había contratado un seguro combinado familiar que se encontraba vigente al momento del incendio. El fuego destruyó por completo la vivienda, dejándola inhabitable.
Tras denunciar el siniestro, los propietarios recibieron una respuesta negativa por parte de la aseguradora. La empresa argumentó que la construcción era de estructura liviana, con predominio de madera y paneles, y que por ese motivo no encuadraba dentro de las condiciones previstas para la cobertura contratada.
Sin embargo, el Juzgado Civil y Comercial Nº 1 de Necochea entendió que la compañía no podía desligarse de su responsabilidad después de haber emitido la póliza y percibido regularmente las primas.
En la sentencia, el magistrado sostuvo que la aseguradora tenía la posibilidad de verificar previamente las características de la vivienda y que, al no hacerlo, asumió el riesgo al otorgar la cobertura.
Además, remarcó que en este tipo de contratos debe prevalecer una interpretación favorable al consumidor, especialmente cuando existen cláusulas ambiguas o situaciones de desigualdad entre las partes.
La resolución condenó a la empresa a pagar una indemnización de 20 millones de pesos, además de afrontar los costos de reconstrucción de la vivienda, la reposición de los bienes perdidos, los intereses correspondientes y una multa civil que será determinada durante la ejecución de la sentencia.
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También se reconoció una compensación de 5 millones de pesos por la privación de uso del inmueble y otros 15 millones de pesos en concepto de daño moral, al considerar el impacto emocional que significó para la familia perder su hogar y enfrentar la negativa de cobertura.
La pericia incorporada al expediente confirmó que la vivienda era una construcción unifamiliar de una planta realizada con materiales livianos y que el incendio provocó daños estructurales irreversibles.
Más allá de la situación particular, el fallo deja una enseñanza para los propietarios de viviendas de construcción en seco, prefabricadas o con componentes de madera, un tipo de edificación cada vez más frecuente en Necochea y Quequén.
Especialistas recomiendan revisar periódicamente las pólizas, verificar qué características constructivas figuran en la documentación y solicitar por escrito cualquier aclaración sobre las coberturas contratadas.
La sentencia también refuerza un criterio cada vez más utilizado por los tribunales: las aseguradoras no pueden rechazar sin más una cobertura basándose en condiciones que pudieron haber constatado antes de emitir la póliza y comenzar a cobrar por ella.
Para la Justicia necochense, la finalidad del seguro es brindar protección efectiva frente a un siniestro y las exclusiones sólo pueden aplicarse cuando fueron informadas de manera clara y están debidamente acreditadas.
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