La Anmat prohibió la venta y el uso de una marca de lavandina por irregularidades
El organismo dispuso el cese de comercialización y publicidad de la marca 656 Profesional al no contar con los registros sanitarios necesarios para su elaboración.
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La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió el uso, comercialización, distribución y publicidad en todo el territorio nacional de una marca de lavandina por carecer de los registros sanitarios correspondientes. La medida, que alcanza también a las plataformas de venta electrónica, fue oficializada a través de la disposición 6539/2026 del organismo dependiente del Ministerio de Salud, publicada este martes 13 de octubre de 2026 en el Boletín Oficial.
La restricción recae específicamente sobre el producto denominado “agua lavandina marca; 656 Profesional concentrada al 60%”. La decisión surgió debido a la existencia de dudas sobre la legitimidad del artículo. Tras una investigación, se determinó que la producción no se encontraba inscripta y no fue posible identificar un establecimiento responsable de su elaboración.
Ante la denuncia, la entidad envió una notificación a la firma responsable, según la dirección que figuraba en sus redes sociales, pero el aviso no fue respondido. Asimismo, intervino el Programa de Monitoreo y Fiscalización de Publicidad y Promoción de Productos Sujetos a Vigilancia Sanitaria a partir de los enlaces de comercialización detectados.
La Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud sugirió la prohibición para proteger a los usuarios, considerando que los productos domisanitarios deben contar con habilitaciones para ser comercializados. En el documento oficial, las autoridades señalaron:
resulta procedente disponer una medida sanitaria de prohibición sobre los productos mencionados en razón de que carecen de registros que permitan acreditar su legítima elaboración y fiscalización conforme a la normativa aplicable.