Formar un pueblo en la desembocadura del Quequén
Se cumplieron 147 de la aprobación de la ley 1.131 que autorizaba la compra de cuatro leguas para la fundación de la ciudad
JUAN JOSE FLORES
Redacción
Hace 147 años, en octubre de 1877, fue aprobada la ley 1.131 que autorizaba al gobierno bonaerense a comprar cuatro leguas cuadradas de tierra en la margen derecha del Quequén Grande, sobre su desembocadura en el mar, con destino “a la formación del pueblo de Necochea”.
Dos años más tarde, en 1879, el diputado provincial José Hernández, famoso creador del Martín Fierro, volvió a llevar el tema a la cámara para avanzar en la creación de Necochea.
Leyes
Según la ley 1.131 el Ejecutivo podría vender o permutar las 16 leguas reservadas en el partido de Necochea para la creación de la localidad.
Si los propietarios del terreno indicado se negasen a vender o permutar, el Poder Ejecutivo procedería a la expropiación y debería tener en cuenta estos aspectos:
- Dos peritos, uno nombrado por cada parte y con facultad para nombrar un tercero, harán la tasación del terreno, se sostenía en la ley.
- Para verificar la expropiación se pagará al interesado el importe de la tasación, más un diez por ciento sobre su valor.
Posteriormente, en septiembre de 1878, la Legislatura aprobó la ley 1.213 sosteniendo que “el pueblo de Necochea se fundara sobre el Río Quequén Grande, expropiando una legua de frente sobre dicho río, a partir de donde termina el médano que existe sobre la costa del mar, por dos de fondo sobre dicha costa”.
El Poder Ejecutivo quedaba autorizado a ejecutar la traza del pueblo del modo más conveniente “con tal que conserve la legua de frente al río”.
Se puntualizaba que la adquisición del terreno se haría “en la forma establecida por la ley anterior, disponiéndose de las 10 leguas existentes, de las 16 reservadas para la fundación del pueblo”.
Intervención de Hernández
En 1879, el entonces diputado provincial José Hernández presentó una iniciativa complementaria de las leyes antes citadas. Propuso previamente una interpelación al ministro de Gobierno, pero luego esa petición quedaría sin efecto.
El objetivo del legislador era el de consultar qué se había hecho para llevar a la práctica lo establecido por ambas leyes.
“En 1877 se sancionó en la Legislatura una ley autorizando la formación de un pueblo en el partido de Necochea, en la barra del Río Quequén con el mar. Este pueblo no se formó entonces por dificultades que ocurrieron para la expropiación de los terrenos. En 1878, una nueva ley vino a autorizar al Poder Ejecutivo para adquirir por permuta o compra esos terrenos”, explicó José Hernández, según consta en el diario de sesiones de la Legislatura bonaerense.
Sostenía que le parecía “de mucho interés” para los “partidos de la campaña” que se agilizaran las gestiones, al tiempo que insistía en la necesidad de conocer “cuáles habían sido las dificultades que se han opuesto a la formación del pueblo”.
En la vigésima sesión ordinaria del 1º de agosto de 1879, con la presidencia de Bernardo de Irigoyen, fue ingresado el despacho de la comisión de Legislación en relación con el proyecto de Hernández.
“Autorízase al Poder Ejecutivo para cubrir de Rentas Generales el valor de los terrenos que deban expropiarse para la formación del pueblo de Necochea, con arreglo a la ley del 20 de septiembre de 1878”, se afirmaba en la iniciativa de Hernández.
Asimismo, se agregaba que “el punto de arranque para la ubicación de esos terrenos será a los cuatro mil metros a contar desde la orilla del mar, siguiendo la margen derecha del Río Quequén Grande”.
Sin embargo, también se facultaba al Poder Ejecutivo “para extender el área a expropiar hasta las cuatro leguas señaladas por la ley del 17 de octubre de 1877”.
“Las sumas que se inviertan en las expropiaciones serán reintegradas con el producto de la venta de los terrenos autorizada por la misma ley y con el producto de la venta de los terrenos que se mandan a expropiar”, se añadía.
El sobrante de esas sumas debería ser depositado en el Banco de la Provincia, debiendo “darse cuenta a la Legislatura”.
Hernández, quien había hecho referencia a los “problemas en Tribunales” (por los terrenos), manifestaba que “la fundación del pueblo de Quequén Grande responde a las necesidades apremiantes de varios departamentos muy ricos en la Provincia”.
El legislador hacía alusión a que “actualmente van a aquel puerto muchos buques y cargan sus frutos y descargan sus mercancías”, siendo un visionario al afirmar que “el puerto le dará una grandísima importancia y aquella sección de la Provincia adquirirá
un desenvolvimiento considerable, influyendo poderosamente en su progreso y en el aumento de la riqueza pública”.
Rentas Generales
“Para evitar las dificultades que hasta ahora han detenido esta obra, he tenido el honor de presentar este proyecto que determina que de Rentas Generales se pague el precio del terreno que va a expropiarse, porque deducido de Rentas Generales puede ser remplazado con el producido de la venta de tierras que estaban reservadas para la fundación del pueblo de Olavarría y también con el producido de la venta de los terrenos que se manden expropiar y que serán vendidos a particulares, puesto que tengo conocimiento que hay trescientos y tantos lotes de solares y chacras”, señaló Hernández.///
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