Concejo: buscan que los ediles no puedan “llevarse” las bancas
Proyecto para modificar el reglamento interno presentado por la UCR y la ACT
Los bloques de concejales de la UCR y la ACT, presentaron un proyecto de decreto para modificar el Reglamento Interno del Concejo Deliberante, a fin de que quienes son electos por una determinada fuerza política, luego no puedan conformar otro bloque político.
El proyecto, al que tuvo acceso Ecos Diarios, indica que el artículo 75° de la Ley Orgánica de las Municipalidades pone en la cabeza de los Concejos Deliberantes la potestad de establecer el orden de sus sesiones y trabajo, el servicio de las comisiones, las atribuciones del presidente y las disposiciones concernientes a régimen de oficinas, a través de las previsiones de un reglamento que dictara a tal efecto.
De esta manera, pretende se agregue al Reglamento Interno del Concejo Deliberante local el “Capítulo III Bis: De los Bloques Políticos”, cuyo artículo primero plantea que “los y las concejales que hubiesen conseguido representación legislativa en las correspondientes elecciones, constituirán Bloques Políticos que responderán a la denominación de la fuerza política que representan, sean estas partidos políticos, coaliciones, frentes políticos o agrupaciones vecinales, con personería reconocida y autorizado por la Junta Electoral de la Provincia de Buenos Aires”.
De esta forma, agrega el documento presentado en comisión en el Cuerpo legislativo, prevé que “no se aceptará como Bloque Político al concejal o grupos de concejales que quisieran reunirse como tal, bajo la sigla de un partido o agrupación vecinal que no hubiere conseguido representación partidaria o no se hubiere presentado a la elección en la cual hubiere sido consagrado”.
“Por cada partido político, coaliciones, frentes políticos o agrupaciones vecinales, reconocido y autorizado por la Junta Electoral de la Provincia de Buenos Aires, se reconocerá un solo bloque político, como representante de esa fuerza política. A los concejales o grupo de concejales que de hecho se escindan de sus Bloques Políticos originales no se le reconocerán las prerrogativas del presente reglamento, no reconociéndoseles el status de Bloque Político”.
Secretarios administrativos
Además, también pretende que se realicen algunas modificaciones a la situación interna de cada bloque con quienes son nombrados como “secretario administrativo” de los mismos. En tal, sentido, establece que “cada Bloque Político reconocido por el HCD de Necochea puede designar, con cargo a las partidas presupuestarias del Honorable Concejo Deliberante, a un (1) secretario administrativo de Bloque por cada tres (3) concejales, cuya remoción está sujeta a la decisión del mismo Bloque que lo propuso”.
“La designación de los secretarios de Bloque es anual y siempre en condición de personal temporario mensualizado, imputable a las partidas presupuestarias del Honorable Concejo Deliberante previstas en este concepto”, indica otro de los artículos del proyecto.
De aprobarse estas modificaciones, no se volverían a conformar los denominados bloques unipersonales o interbloques, ya que quienes asumieron por un partido no podrán mover su banca y conformar un nuevo espacio político interno. Cabe señalarse que la Ley Orgánica de las Municipalidades, la cual establece las normativas básicas para el funcionamiento del Estado municipal y legislativo local, no hace referencia alguna a estas situaciones.
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